Horas extra y complementarias

El empleado pide las horas de más. En jornada completa son extra; en parcial, suelen ser complementarias. El supervisor las aprueba.

Cuando se trabaja de más hay que registrarlo. En jornada completa son horas extra. En media jornada, en España, suelen ser complementarias: se parecen, pero la ley no las trata igual. El tipo de contrato se indica en el expediente del empleado.

Pedir las horas

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    En Mi jornada registra las horas extra del día, igual que una incidencia.
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    Indica cuántas horas (de media en media, hasta 12). Si el contrato es parcial, elige extra o complementaria.
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    Envía. Queda pendiente hasta que el supervisor lo revise.

Revisar (supervisor)

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    Entra en RR. HH. → Gestor de horas extras.
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    En la página principal del supervisor también ves los pendientes.
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    Ábrelos y acepta o rechaza, igual que el resto de solicitudes.
Las horas complementarias solo tienen sentido si el contrato es parcial. Eso se carga en el expediente del empleado.