Cuando se trabaja de más hay que registrarlo. En jornada completa son horas extra. En media jornada, en España, suelen ser complementarias: se parecen, pero la ley no las trata igual. El tipo de contrato se indica en el expediente del empleado.
Pedir las horas
- 1En Mi jornada registra las horas extra del día, igual que una incidencia.
- 2Indica cuántas horas (de media en media, hasta 12). Si el contrato es parcial, elige extra o complementaria.
- 3Envía. Queda pendiente hasta que el supervisor lo revise.
Revisar (supervisor)
- 1Entra en RR. HH. → Gestor de horas extras.
- 2En la página principal del supervisor también ves los pendientes.
- 3Ábrelos y acepta o rechaza, igual que el resto de solicitudes.
Las horas complementarias solo tienen sentido si el contrato es parcial. Eso se carga en el expediente del empleado.